- David Hinostroza, presidente de la agrupación GAYI, valoró el acuerdo y agradeció al equipo de abogados que representaron esta causa.
Tras la demanda que se presentó en contra de la inmobiliaria POCURO SUR SA ante el tribunal Medio Ambiental, por las afectaciones que estaba realizando al Humedal de Valle Volcanes, el 10 de septiembre pasado, día en que estaba programado el juicio donde se iban a presentar las pruebas necesarias para este caso, se logró un acuerdo entre las partes, para llegar a una conciliación, la que solicitaron las partes, sea aprobada por esta instancia.
Cabe señalar que esta acción judicial tiene su origen en las obras de construcción del Proyecto Inmobiliario Vista Cordillera, ubicado en Sector Valle Volcanes, Puerto Montt, las que -según se indica en el escrito- habrían provocado daños en el Humedal Valle Volcanes, su estructura vegetal, fauna, flora, componente sociocultural y servicios ecosistémicos.
En su momento, las demandantes, el Condominio de Administración Alto del Bosque y la Agrupación Cultural por los Humedales y Entornos Naturales, solicitaron al Tribunal declarar que se produjo daño ambiental significativo por dolo o culpa de la Inmobiliaria, ordenándole a reparar, a su costo, el daño de manera completa e íntegra, restableciendo de la mejor forma los componentes afectados.
Ante esto, David Hinostroza, presidente de la agrupación GAYI, valoró el acuerdo y agradeció al equipo de abogados que representaron esta causa.
Junto con esto Hinostroza señaló que para ellos como agrupación este resultado es súper positivo, ya que las empresas van a tener que evaluar sus acciones en materia medioambiental previo a la realización de sus proyectos habitacionales.
Por otra parte, el presidente de GAYI explicó que actualmente la capital regional tiene actualmente un espacio de área verde de 4.6 metros cuadrados por habitante, en comparación a lo recomendado por la OMS que corresponde a 9 metros cuadrados.
En la audiencia las partes solicitaron al Tercer Tribunal Ambiental poder presentar dicho acuerdo, petición que fue aceptada por los ministros, brindándoles un receso en la audiencia.
El documento redactado por las partes indica el compromiso del demandado de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) ante cualquier actividad o negocio que se vaya a ejecutar en su propiedad.
El acuerdo también indica el resguardo del hábitat del único Alerce vivo que existe en el sector, y a diseñar e implementar mecanismos de aguas lluvias que minimicen cualquier eventual descarga al estero La Paloma.
Tras esto, el Tribunal decidió suspender la audiencia de conciliación para proceder al análisis y revisión de la propuesta presentada, asegurándose de que dicho acuerdo no comprometa la indemnidad del medio ambiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley N° 20.600 que crea los Tribunales Ambientales en Chile.