- Se trata de dos cargos graves y dos cargos leves. Uno de ellos tiene relación con la implementación y operación de dos máquinas chancadoras que no fueron evaluadas ambientalmente.
La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio, con la formulación de cuatro cargos, contra la empresa Maquinas LN SPA, titular del proyecto “Extracción de áridos y restauración de pasivo ambiental Pozo La Vara” (unidad fiscalizable Áridos Luis Navarro) ubicado en la comuna de Puerto Montt, Región de Los Lagos. Cabe indicar que el proyecto cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental del año 2020.
El proyecto consiste, entre otros, en la ampliación de la actividad de extracción de áridos en un pozo seco, en el marco de un proyecto que se encontraba operando desde el año 2014. Para esto se buscaba habilitar 24,6 hectáreas de superficie, lo que permite la extracción de 1.350.000 m3 durante la vida útil del proyecto estimado en 20 años.
Como lo comentó la superintendente Marie Claude Plumer, fiscalizadores de la SMA realizaron diversas inspecciones ambientales en terreno y exámenes de información a la unidad fiscalizable, consistentes en determinar el volumen de áridos extraídos por el titular (a través de un levantamiento aerofotogramétrico con dron).
Plumer explicó que este procedimiento se llevó a cabo, luego de que la Junta de Vecinos La Vara Sendas Unidas ingresó una denuncia relacionada con la emisión de ruidos molestos por el uso de la maquinaria y el procesamiento de material pétreo con máquinas chancadoras, en un sector que es aledaño a la Escuela Básica del lugar.
Superintendente Marie Claude Plumer señaló que “este proyecto cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental que establece ciertas condiciones para su funcionamiento y operación. El cumplimiento de esto es fundamental y parte de las reglas del juego, es el compromiso que establecen los titulares en el marco de su evaluación ambiental. Acá es importante reiterar a las empresas que el cumplimiento ambiental es un imperativo para poder funcionar”.
Junto con esto, agregó que “la norma de emisión de ruidos tiene un objetivo y límites muy claros que deben ser respetados por los titulares, debido a que el ruido tiene impactos muy significativos en la calidad de vida de las personas”.
De acuerdo a la Ley Orgánica de la Superintendencia del Medio Ambiente, por las infracciones graves un titular se expone a una multa de hasta 5.000 UTA, junto con la revocación de la RCA o clausura, mientras que por las infracciones leves las multas pueden alcanzar las 1.000 UTA.